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Contrato de trabajo para extranjeros en el Perú

7 de noviembre de 2022

Escrito por:

Grover Campos

Conoce la normativa que rige la contratación de trabajadores extranjeros y sus diferentes características

¿Sabías que si deseas contratar a personal extranjero existe una ley que lo regula?

Contrato de trabajo para extranjeros!

¿Cuál es la Ley que regula la contratación extranjera en el Perú?

La contratación de trabajadores extranjeros se encuentra regulada en el Decreto Legislativo 689 o conocida como Ley de Contratación de extranjeros, junto con su reglamento, el mismo ha sido aprobado bajo el Decreto Supremo 014-92-TR. Además, se debes considerar la Ley de extranjería o el Decreto Legislativo 1350, en la cual se establece las diferentes condiciones migratorias existentes de los futuros trabajadores.

¿El trabajador extranjero puede trabajar en el sector público?

No, todos los trabajadores de origen extranjero están sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sin embargo, su contratación tiene restricciones, incluso, contempla límites en la remuneración mensual del mismo. El contrato de trabajo y sus modificaciones deben ser autorizados por la Autoridad Administrativa de Trabajo.

¿A quién se considera como trabajador extranjero?

Se considera como trabajador extranjero a toda persona que presta servicios en el Perú sin con contar con la nacionalidad peruana, bien sea, por nacimiento o por naturalización. Sin embargo, en el ART. 3 de la Ley para la contratación de trabajadores extranjeros Decreto Legislativo 689, establece los supuestos en que los trabajadores extranjeros no se encuentran limitados para su contratación, tales como:

  • Al extranjero con cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos peruanos.
  • Al extranjero con visa de inmigrante.
  • Al extranjero con cuyo país de origen exista convenio de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad.
  • Al personal de empresas extranjeras dedicadas al servicio internacional de transporte terrestre, aéreo o acuático con bandera y matrícula extranjera.
  • Al personal extranjero que labore en las empresas de servicios multinacionales o bancos multinacionales, sujetos a las normas legales dictadas para estos casos específicos.
  • El personal extranjero que, en virtud de convenios bilaterales o multilaterales celebrados por el Gobierno del Perú, prestare sus servicios en el país.
  • Al inversionista extranjero, haya o no renunciado a la exportación del capital y utilidades de su inversión, siempre que ésta tenga un monto permanente durante la vigencia del contrato no menor de 5 UIT.
  • Los artistas, deportistas y en general aquellos que actúen en espectáculos públicos en el territorio de la República, durante un período máximo de tres meses.

¿Cuánto personal extranjero se puede contratar en una empresa?

En el ART. 4 de la Ley para la contratación de trabajadores extranjeros Decreto Legislativo 689 establece que las empresas nacionales o extranjeras podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del número total de sus colaboradores. Asimismo, sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de sueldos y salarios.

¿Los empleadores pueden solicitar la exoneración del porcentaje limitativo para la contratación de trabajadores extranjeros?

Si, en el ART. 6 de la Ley de contratación de extranjeros establece los casos en los cuales se podrán exonerar:

  • Cuando se trate de personal profesional o técnico especializado.
  • Cuando se trate de personal de dirección y/o gerencial de una nueva actividad empresarial o en caso de reconvención empresarial.
  • Cuando se trate de profesores contratados para la enseñanza superior, o de enseñanza básica o secundaria en colegios particulares extranjeros, o de enseñanza de idiomas en colegios particulares nacionales, o en centros especializados de enseñanza de idiomas.
  • Cuando se trate de personal de empresas del sector público o de empresas privadas que tengan celebrados contratos con organismos, instituciones o empresas del sector público.
  • Cualquier otro caso que se establezca por Decreto Supremo, siguiendo los criterios de especialización, calificación o experiencia.

Contrato de trabajo para personal extranjero!

¿Cuáles son las consideraciones del contrato para un trabajador extranjero?

El ART. 5 de la Ley de contratación de extranjeros establece que los contratos deberán ser celebrados por escrito y a plazo determinado, por un período máximo de 3 años prorrogables, debiendo constar, además, el compromiso de capacitar al personal nacional en la misma ocupación. No obstante, el ART. 7 de la misma Ley, establece que la solicitud de aprobación de contratos de trabajo y la documentación respectiva, será presentada ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de la jurisdicción donde se encuentre el centro de trabajo. De la misma manera, las solicitudes de aprobación deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:

  • Declaración Jurada de la empresa donde se señale que la contratación del extranjero cumple las condiciones establecidas por esta ley y cuenta con la capacitación o experiencia laboral requerida.
  • El contrato de trabajo escrito.

¿Cuáles son los datos necesarios para celebrar un contrato para el personal extranjero?

El ART. 14 del Reglamento de la Ley de contratación de trabajadores extranjeros establece que los siguientes datos deben estar presentes en el contrato de un colaborador extranjero:

  • Los datos identificatorios del empleador: nombre o razón social de la empresa, libreta tributaria, domicilio, inscripción en los registros de ley, actividad económica específica y fecha de inicio de la actividad empresarial, identificación del representante legal.
  • Los datos identificatorios del trabajador: nombre, lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, edad, estado civil, documento de identidad, domicilio, profesión, oficio o especialidad.
  • Los datos mínimos de la contratación: descripción de las labores que desempañará el contratado, jornada laboral, lugar donde laborará, remuneración diaria o mensual, en moneda nacional o extranjera, bonificaciones y beneficios adicionales, fecha prevista para el inicio del servicio, plazo del contrato y demás estipulaciones contractuales.
  • La remuneración indicada en el contrato será igual a la remuneración computable regulada en el Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 650. En el contrato se deberán desagregar los conceptos y valores de la remuneración en especie.

¿El reglamento establece derechos a los trabajadores extranjeros?

Si, el Reglamento de la Ley de contratación de trabajadores extranjeros establece dos condiciones especiales respecto a los derechos del trabajador como son:

  • Protección contra el despido arbitrario: en el ART. 24 el reglamento establece que, si el empleador resolviera injustificada y unilateralmente el contrato, deberá abonar al trabajador las remuneraciones dejadas de percibir hasta el vencimiento del contrato, las mismas que tienen carácter indemnizatorio.
  • Derecho del descanso remunerado: el colaborador puede pactar con su empleador por escrito en acumular hasta 2 descansos vacaciones consecutivos, siempre que después de 1 año de servicio disfrute por lo menos de un descanso de 7 días naturales.

¿Existen sanciones para las empresas que no cumplan la Ley o el Reglamento para la contratación de extranjeros?

Si, en el ART. 9 de la Ley de contratación de extranjero se establece que los empleadores serán sancionados con multa sin perjuicio de las demás sanciones que fueran aplicables en virtud de otras normas legales, cuando estén involucrados en las siguientes situaciones:

  • Omisión del trámite de aprobación del contrato de personal extranjero comprendido en la presente Ley.
  • Fraude en la declaración jurada o en la documentación acompañada para la aprobación del contrato del trabajo.
  • Incumplimiento en la ejecución de los contratos de trabajo.
  • Realización de fines distintos al propósito legal que mereció la aprobación del contrato.
  • Incumplimiento del compromiso de capacitar al personal nacional.
  • Incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en la Ley y su reglamento.